Plan de Uso de Terrenos

El Plan de Uso de Terrenos (PUT 2015) es el instrumento de planificación que rige a nivel macro la política pública sobre el uso de los terrenos en Puerto Rico, su desarrollo y conservación en un término de 10 años.  El PUT divide el suelo conforme a sus características y valores, existentes y potenciales, mediante tres (3) categorías básicas establecidas en el Código Municipal (Ley 107-2020): suelo urbano (SU), suelo urbanizable y suelo rústico.  

 

El suelo urbanizable se subdivide en suelo urbanizable programado (SUP) y suelo urbanizable no programado (SUNP).  El suelo rústico, se subdivide en suelo rústico común (SRC) y suelo rústico especialmente protegido (SREP), y a su vez es subdividido nuevamente conforme al valor identificado en: suelo rústico especialmente protegido ecológico (SREP-E), suelo rústico especialmente protegido agrícola (SREP-A), suelo rústico especialmente protegido hídrico (SREP-H) y suelo rústico especialmente protegido paisaje (SREP-P). Estas subdivisiones, además, se combinan cuando es identificado más de un valor en SREP-EA, SREP-EH, SREP-EP, SREP-AE, SREP-AH y SREP-AP, entre otras.


El Plan de Uso de Terrenos proporciona un marco de referencia para volver a alinear y mejorar los planes, programas y procedimientos de las agencias estatales para alcanzar sus metas y objetivos. No está diseñado para utilizarse por las entidades estatales para contradecir las regulaciones estatales vigentes y los procedimientos de autorización. 


Este instrumento de planificación es la base para la planificación local mediante los planes de ordenación territorial (POT) de los municipios, los cuales clasifican y califican el territorio conforme al Código Municipal por un término de 8 años.

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